Minsalud dio a conocer los valores de la UPC para el 2022

El Ministerio de Salud y Protección Social mediante la circular externa 062 de 2021 definió los valores de la UPC (Unidad de Pago por Capitación) para el año 2022

UPC para el 2022

La Unidad de Pago por Capitación es el valor anual que se reconoce para la atención de cada usuario lo que hace que todos los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) tengan derecho a los servicios y tecnologías que se financian con la UPC.

Conozca de la mano de Digital Ware University los aspectos más relevantes de la Circular 062 de 2021.

Ministerio de Salud y Protección Social publicó el 30 de diciembre de 2021 la proyección del incremento porcentual de la aplicación del valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) definida para este año 2022. 

En esta operación se tuvo en cuenta los ponderadores para cada EPS y EOC (Entidades Obligadas a Compensar) al igual que con la estructura de los incrementos, de las tecnologías en salud y servicios que ya se venían financiando.

En el Régimen Contributivo, el incremento de la UPC es del 18,15%.  El Ministerio de Salud insta en la circular que “Los incrementos del valor de los servicios de salud, cuando existan o no acuerdos de voluntades entre las EPS y las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) públicas, privadas o mixtas.

Tenga en cuenta

Las EPS e IPS tendrán que reflejar el incremento de la UPC  de las tecnologías y servicios de salud que se venían financiando y que corresponde al 5,42%, independientemente de los manuales o referentes tarifarios que estas adopten.

Adicionalmente, el restante de 12,73 puntos porcentuales (p.p) corresponde a los servicios y tecnologías que vienen desde presupuestos máximos hacia la Unidad de Pago por Capitación e incluidos en la financiación de la UPC a partir de la vigencia 2022.

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Ahora en el Régimen Subsidiado

En el Régimen Subsidiado el incremento de la UPC es del 10,58%. Según la circular “Los incrementos del valor de los servicios de salud, cuando existan o no acuerdos de voluntades entre las EPS y las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) públicas, privadas o mixtas”, deberán reflejar.

  • El incremento de la Unidad de Pago por Capitación - UPC de las tecnologías y servicios de salud que se venían financiando y que corresponde al 6,33%, independientemente de los manuales o referentes tarifarios que estas adopten.
  • El restante 4,25 puntos porcentuales (p.p) corresponde a los servicios y tecnologías que vienen desde presupuestos máximos hacia la Unidad de Pago por Capitación e incluidos en la financiación de la UPC a partir de la vigencia 2022.

Este incremento de la UPC a nivel nacional para cada régimen, se calcula considerando la inflación esperada y los diversos grupos de riesgo de edad, sexo y zona geográfica.

¿Qué pasa si no se logra un acuerdo sobre el incremento?

Tenga presente, que si dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de entrada en vigencia del ajuste de la UPC en este año 2022, las EPS de los regímenes Contributivo y Subsidiado y las Entidades Obligadas a Compensar no han logrado acuerdo sobre el incremento con las Instituciones Prestadoras de Servicios -IPS de salud públicas o privadas estas deberán aplicar los porcentajes previstos en la Circular 062.

Por otro lado, la circular va dirigida a las Entidades promotoras de salud —EPS, Instituciones prestadoras de servicios de salud — IPS, Empresas administradoras de planes de beneficios de los regímenes contributivo y subsidiado — EAPB s y c, Entidades territoriales, usuarios, pacientes, comunidad médica y demás actores del sistema de salud.

De acuerdo a lo anterior, Digital Ware a través de las soluciones de la vertical de salud, cuenta con módulos de contratación, los cuelas permiten parametrizar de una manera ágil y sencilla los diferentes acuerdos que se tienen entre las organizaciones que componen el sistema de salud; ya sean de tipo evento, capita o pgp (pago global prospectivo) para los diferentes regímenes de salud (contributivo, subsidiado, especial entre otro).

Si desea conocer más detalles ingrese a la circular 062 de 2021

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