El Ministerio de Salud y Protección Social emitió la resolución 202 con el fin de ajustar la captación y registro de la información relacionada con las intervenciones individuales de la Ruta Integral de Atención en Salud (RIAS), para la promoción y mantenimiento de la salud.
Para entender la resolución es importante ahondar porque se da y de dónde viene esta resolución.
¿Qué es y de dónde viene esta resolución?
En el 2000 el Ministerio de salud mediante la resolución 412 estableció unas actividades, procedimientos e intervenciones de obligatorio cumplimiento donde se deben adoptar las normas técnicas y guías de atención para el desarrollo de las acciones de protección específica, detección temprana, además de la atención de enfermedades de interés en salud pública.
Luego, para el 2012 el Ministerio de Salud a través de Resolución 4505 estableció el reporte relacionado con el registro de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública, para su integración al Sistema Integral de Información de la Protección Social (SISPRO)
Ahora, en el 2021 el Ministerio de Salud emite la resolución 202 . en la cual se modifica el reporte de información derivado de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública.
¿Qué fin tiene la nueva resolución 202?
En primera medida se modifica el artículo 10 de la resolución 4505 de 2012; en éste se establecen los periodos de reporte de información para las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios and Direcciones Departamentales y Distritales de Salud al Ministerio de Salud y Protección Social en su plataforma PISIS, mas no establecía la periodicidad del reporte.
En la resolución 202 se modifican las fechas de reporte de la información trimestral, la cual queda así: