Resolución 202: Conozca las fechas para el reporte de información sobre las Guías de Atención Integral

La resolución 202 modifica el reporte de información derivado de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió la resolución 202 con el fin de ajustar la captación y registro de la información relacionada con las intervenciones individuales de la Ruta Integral de Atención en Salud (RIAS), para la promoción y mantenimiento de la salud.

Para entender la resolución es importante ahondar porque se da y de dónde viene esta resolución.

¿Qué es y de dónde viene esta resolución?

En el 2000 el Ministerio de salud mediante la resolución 412 estableció unas actividades, procedimientos e intervenciones de obligatorio cumplimiento donde se deben adoptar las normas técnicas y guías de atención para el desarrollo de las acciones de protección específica, detección temprana, además de la atención de enfermedades de interés en salud pública.

Luego, para el 2012 el Ministerio de Salud a través de Resolución 4505 estableció el reporte relacionado con el registro de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública, para su integración al Sistema Integral de Información de la Protección Social (SISPRO)

Ahora, en el 2021 el Ministerio de Salud emite la resolución 202 . en la cual se modifica el reporte de información derivado de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública.

¿Qué fin tiene la nueva resolución 202? 

En primera medida se modifica el artículo 10 de la resolución 4505 de 2012; en éste se establecen los periodos de reporte de información para las   Empresas Administradoras de Planes de Beneficios and Direcciones Departamentales y Distritales de Salud  al Ministerio de Salud y Protección Social en su plataforma PISIS, mas no establecía la periodicidad del reporte.

En la resolución 202 se modifican las fechas de reporte de la información trimestral, la cual queda así:

Ahora bien, como segunda medida se sustituye el anexo técnico dado  en la resolución 4505 de 2012 y se incorpora el correspondiente a las novedades por persona, de manera que sean actualizados los contenidos de las actividades de Protección Específica y Detección Temprana (PEDT) y se dé continuidad al registro e integración SISPRO de las actividades que no se reportan ni vigilan a través de otras fuentes de información.

Los anexos que se incluyen en la resolución 202 son:

Anexo técnico 1 “Estructura del registro por persona de las actividades de protección específica y detección temprana”. y

Anexo técnico 2 “Estructura del registro de novedades por persona en las actividades de protección específica y detección temprana”

¿Qué información se especifica en cada uno de los anexos de la resolución?

Tanto en el anexo del registro por persona, como en el de registro de novedades por persona de las actividades de protección específica y detección temprana, se define:

  • La estructura y especificación del nombre del archivo
  • Las características de los archivos planos
  • La Plataforma para el envío de archivos
  • Y por último el periodo del reporte y plazos

Entidades y sujetos a quienes les aplica la resolución 202 de 2021

Es importante tener en cuenta que la resolución aplica a las Entidades Promotoras de Salud del régimen contributivo y subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar EOC, las entidades que hacen parte del régimen especial y de excepciones de salud, entidades que administren planes voluntarios de salud, secretarías de salud de orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces y las Instituciones Prestadoras de Salud IPS.

Cabe resaltar que la resolución 202 de 2021 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social entró en vigencia a partir del 23 de febrero de 2021, y a la fecha no se han realizado cambios en los periodos de información a reportar.

Herramientas para mitigar errores y estar al día con la reglamentación del Ministerio de Salud y Protección Social

En el mundo de hoy, la tecnología hace parte fundamental en cualquier entidad para llevar a cabalidad todos los requerimientos y estar al día en las reglamentaciones de Ley.

Los cambios en cuanto a normatividad, son permanentes dentro del sector salud, por ello, para cumplir con este tipo de actualizaciones es de vital importancia para las entidades prestadores de servicios de salud, contar con soluciones tecnológicas que estén preparadas para estos cambios de manera fácil y rápida, que además les brinden la tranquilidad de cumplir con la normatividad en los tiempos estipulados.

Es por esto que la solución de software de salud HOSVITAL-HIS de Digital Ware está preparada para actualizarse en cuanto a normatividad y permite que las entidades del sector salud no incurran en incumplimientos u otros inconvenientes por modificaciones o nuevas normativas.

Desde la solución Hosvital HIS de DigitalWare, podemos parametrizar cada uno de los anexos de esta resolución, capturar la información desde el módulo de historia clínica y generar el respectivo informe en su módulo sistema de información gerencial.

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